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La Corte de Apelaciones de Coyhaique declaró admisible un recurso de protección interpuesto por ciudadanos Coyhaiquinos quienes manifestaron su preocupación por eventuales actos arbitrarios e incluso por amenaza al derecho a la vida, luego de que se iniciara este procedimiento en la plaza pentagonal de Coyhaique.

Según se establece en el escrito presentado ante el tribunal de alzada, no existe fundamentación técnica especializada, necesaria e imprescindible para tomar esta medida, que recordemos, fue adoptada con un informe de INFOP que fue levantado en 2016.

Finalmente la Corte de Apelaciones emitió una resolución que declaró admisible este recurso y además menciona que “pídase informe al recurrido, el que deberá ser evacuado dentro del plazo de cinco días hábiles, debiendo adjuntar los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de prescindir de dicho informe”.

Además, se da orden de no innovar, es decir, el municipio no podrá continuar con la tala de árboles. Lo cierto, es que a simple vista pareciera que ya no hay más arboles que mutilar en la Plaza de Armas de Coyhaique.

Risco